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Cenizario

Cenizario

CENIZARIO O CRIPTA PARROQUIAL

 

Ubicado en 

HORARIO DE ATENCIÓN

Lunes a Domingo 8.00 a.m. - 5.00 p.m. (Visita a los seres queridos)

Es un espacio geográfico dignamente mantenido y escogido para el culto a los seres queridos. La doctrina de la iglesia católica prohíbe a sus fieles esparcir las cenizas de los difuntos, dividirlas entre los familiares y también que sean conservadas en casa, como lo expresa el documento "Instrucción Ad resurgendum cum Christo", aprobado el 18 de marzo de 2016, por el papa Francisco y que sustituye al anterior de 1963, poniendo orden ante las nuevas prácticas tanto de sepultura,  como de cremación, consideradas "en desacuerdo con la fe de la Iglesia".

En el documento se explica que, aunque la Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos, se acepta la cremación y advierte que en el caso de que el difunto hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza por razones contrarias a la fe cristiana, se le han de negar las exequias: sin embargo, después se especificó durante la presentación del documento que la negación del funeral será sólo si el difunto ha manifestado en sus últimas voluntades el deseo de esparcir las cenizas con expreso rechazo de las prácticas de la fe cristiana.

La Iglesia católica señala que no se pueden permitir "actitudes y rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte, considerada como anulación definitiva de la persona, o como momento de fusión con la Madre naturaleza o con el universo, o como una etapa en el proceso de reencarnación, o como la liberación definitiva de la 'prisión' del cuerpo".

El ex Santo Oficio agrega además que la conservación de las cenizas en el hogar está permitida "sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias", y cuando una persona lo pida "por piedad o cercanía".

Para la Iglesia, "la conservación de las cenizas en un lugar sagrado puede ayudar a reducir el riesgo de sustraer a los difuntos de la oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana".

Así, agregan, "se evita la posibilidad de olvido, falta de respeto y malos tratos, que pueden sobrevenir sobre todo una vez pasada la primera generación, así como prácticas inconvenientes o supersticiosas".

Por ello, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente.

El prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el cardenal Gerhard Mueller, explicó que "los muertos no son propiedad de los familiares" y que "son hijos de Dios, forman parte de Dios y por ello no se celebran ritos privados, sino ceremonias públicas y esperan en un campo santo su resurrección".

La Iglesia, aunque autoriza la cremación "por razones de tipo higiénico, económicas o sociales", sigue prefiriendo la sepultura de los difuntos porque "favorece el recuerdo y la oración por los difuntos por parte de los familiares y de toda la comunidad cristiana, y la veneración de los mártires y santos".